lunes, 18 de octubre de 2010

O P I N I Ó N
Organos electorales, incompetentes
o corruptos.
Por Mario Javier Sánchez de la Torre
Independientemente de todo lo controvertido que ha sido el proceso electoral que aún estamos viviendo en esta entidad y que a través del cual se está renovando el Poder Ejecutivo del Estado, el Legislativo y los 212 gobiernos municipales, cada día que pasa, se pone más interesante.
A diferencia de otros procesos electorales en los cuales después de que se lleva a cabo la jornada electoral, las cosas comienzan a definirse y por tanto el interés de parte de la población baja, en el que estamos viviendo aquí ha sido al contrario y por tanto cada día que pasa acapara más la atención de los ciudadanos.
Como es del conocimiento de la población veracruzana la elección de Gobernador del Estado todavía no está definida, ya que los resultados obtenidos el pasado 4 de julio y la forma en que se efectuó no solo la jornada electoral, sino todo el proceso, fue impugnada por el Partido Acción Nacional (PAN) y los que participaron en su alianza, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que es la máxima instancia en materia electoral en el país (TEPJF).
Institución electoral que pertenece al ámbito de la Federación y que será la que defina en su momento si la elección realizada en este Estado el pasado 4 de julio es válida o no, lo que será antes del próximo 1 de diciembre, fecha en que por mandato constitucional deberá tomar posesión el próximo Gobernador de Veracruz. Tema que por la trascendencia que tiene ha sido motivo de un gran número de especulaciones, en todos los sentidos, pudiéndose calificar todas ellas como lo que en la jerga periodística se denomina como un “borregazo”.
Así tenemos que solamente los magistrados de la Sala Superior del TEPJF, son los únicos que conocen la fecha en que se dará a conocer su fallo y lógicamente el sentido que éste tendrá, por lo que todo lo demás que digan tanto los diferentes actores políticos, como analistas y periodistas al respecto seguirá cayendo dentro del inconsistente aspecto de la especulación.
Por lo que respecta a las elecciones de los 212 alcaldes veracruzanos las impugnaciones contra los resultados han sido en un buen número por la cantidad de irregularidades y en algunos casos delitos electorales que cometieron algunos de los simpatizantes de ciertos candidatos. Lo que motivó las citadas impugnaciones y que en algunos casos las elecciones aún estén en revisión por parte de la Sala Regional del TEPJF y otras ya se hayan dado a conocer las resoluciones.
Resoluciones que en los casos de los municipios de Coxquihui, Córdoba, Coatzacoalcos y Poza Rica, han causado gran inquietud entre la clase política priista veracruzana, pues en el primero de los mencionados se anuló la elección, lo que obligará a repetirla, con el riesgo de que el resultado sea diferente y en los otros tres, se ordenó al Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEEV), hacer de nuevo el recuento en la nada despreciable, electoralmente hablando, cantidad de 400 casillas, que corresponden a los municipios así: Coatzacoalcos 215; Córdoba 96 y Poza Rica 112. Hasta aquí esta primera parte de la presente colaboración.
Continuando con el tema , abordaremos los casos que desde la semana pasada fueron regresados para su revisión al Tribual Electoral de Veracruz, por parte de la Sala Xalapa, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, debido a las fallas encontradas.
Así tenemos que en el caso referente al importante municipio petrolero de Coatzacoalcos, la situación se ve delicada por la cantidad de casillas electorales sujetas a revisión, ya que son 215 de un total de 401que se instalaron y funcionaron durante la jornada electoral. Estas 215 representan una cantidad muy superior al 25 por ciento que indica el Artículo 308, párrafo I. del Código Electoral Número 307 para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que dice: “Artículo 308. Podrá declararse la nulidad de la elección para Gobernador, de diputados de mayoría relativa en un distrito electoral o de un Ayuntamiento en un municipio, en los siguientes casos: I. Cuando alguna o algunas de las causas de nulidad a que se refiere el artículo anterior se declaren existentes en por lo menos el veinticinco por ciento de las casillas instaladas en el Estado, distrito uninominal o municipio y, en su caso, no se hayan corregido durante el recuento de votos”.
El citado artículo de la legislación electoral estatal es bastante claro al respecto, ahora solamente hay que esperar en análisis y por consiguiente la resolución que al respecto emitan los magistrados del órgano electoral veracruzano. Análisis que ya no podrá tener como pretexto la infantil escusa del Magistrado Presidente de ese organismo de no ser eficiente en cuestiones de aritmética, porque tendrá que ser además de transparente, hecho con verticalidad y apegado a derecho.
Por lo que respecta al municipio de Poza Rica, también la situación rebasa el 25 por ciento indicado en la legislación electoral veracruzana, pues las casillas sujetas a revisión son 112, de un total de 249 instaladas en día de la jornada electoral, por lo que la situación también es bastante delicada.
En cuanto al municipio de Córdoba también se rebasa el mínimo requerido por el artículo citado, pues la casillas sujetas a revisión son 96, de un total de 250 que funcionaron el día que se llevó a cabo la elección.
Así pues tenemos que el trabajo a desempeñar en esta revisión por parte del Tribunal Electoral de Veracruz, además de ser muy delicado por el riesgo que implica no sólo para los contendientes a las alcaldías involucradas, sino también para el computo total de votos de la elección en el Estado, podrá de alguna forma reivindicar o terminar de desprestigiar la imagen que los organismos electorales veracruzanos se ganaron con su actuar en la presente elección. Hasta mañana, opinionmarioj@live.com.mx

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